Las víctimas de violencia de género deben recibir la consideración de testigo privilegiado
2018-06-27 0:00:00
Una sentencia de la Sala de lo Penal del TS que comenta Noticias Jurídicas considera que tratar a las víctimas de la violencia de género como testigos en el proceso penal “desnaturaliza su verdadera posición puesto que la víctima no sólo ha visto un hecho y puede testificar sobre él, sino que también es sujeto pasivo del delito, y su categorización probatoria está en un grado mayor que el mero testigo ajeno y externo al hecho”. En esta línea, aplica la perspectiva de género y confirma la condena a 14 años y 8 meses de prisión impuesta a un hombre que viajó desde otra ciudad a la casa de los padres de su expareja, que había cambiado de domicilio tras denunciarle por malos tratos, con la intención de matarla.
Práctica jurídica,Violencia de Género